Área Mercantil
La Ley Española obliga a empresarios, sociedades mercantiles, agrupaciones con intereses económicos, entidades de crédito, seguros o fondos de pensiones , así como a otras instituciones y entidades de carácter financiero , a inscribir en dicho registro sus operaciones de constitución, ampliaciones o reducciones de capital, nombramiento de cargos y accionistas, actividad mercantil, etc.
En el caso de la mayoría de los empresarios individuales la inscripción de sus operaciones en el Registro Mercantil tiene un carácter voluntario , no obligatorio, si bien su registro le dotará de ciertos beneficios legales al poder aportar documentación mercantil probatoria.
Entre estas operaciones de inscripción obligatoria en el Registro Mercantil se encuentran la legalización de todos los libros de contabilidad así como las cuentas anuales de empresas , sociedades o similares inscritas.
Podemos realizar esas inscripciones, solicitudes de certificados o informes mercantiles en su nombre.
Legalización de Libros Oficiales
Presentación telemática de los libros de contabilidad de empresas.
Depósito de Cuentas Anuales
Presentación telemática de Cuentas Anuales de sociedades.